Sociedad Reglamentaron la Ley de Talles: cómo será comprar y vender ropa a partir de ahora
09/06/2021
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Desarrollo Productivo oficializó pautas de comercialización de indumentaria, que deberán ser cumplidas obligatoriamente. Cómo deben ser exhibidos los talles, cómo se determinarán las escalas y qué sanciones habrá para los locales que incumplan.
Este miércoles, el presidente Alberto Fernández firmó el Decreto 375/2021 que se publicó hoy en el Boletín Oficial aprobando así la reglamentación de la Ley 27.521 de “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)”. Una medida que rige para los comercializadores de indumentaria nacional o importada, de manera presencial, a distancia o por medios electrónicos.
A más de un año y medio de su sanción en la Cámara de Diputados, dentro del SUNITI se encontrarán incluidos además el calzado y los uniformes de trabajo. La normativa aclara que dicho sistema deberá ser implementado para la totalidad de la indumentaria, “salvo aquellas prendas expresamente excluidas”.
En este punto vale recordar que en noviembre de 2019, el Congreso dio el visto bueno para convertir en ley un sistema de talles de ropa para medidas corporales reales en todo el país y, de esa forma, crear un espacio más inclusivo para gente de todas las edades y tamaños. Más de un año y medio después de dicho logro, y debido a que la pandemia de coronavirus requirió de mucha atención en la agenda, el Gobierno publicó hoy el Decreto 375/2021 aprobando la reglamentación de la Ley 27.521.
En el considerando, se explicó que "el Artículo 42 de la Constitución Nacional establece que los consumidores o las consumidoras y usuarios o usuarias de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno, debiendo las autoridades proveer a la protección de esos derechos, a la educación para el consumo, a la defensa de la competencia contra toda forma de distorsión de los mercados y al control de los monopolios naturales y legales".
Asimismo, se advirtió que la Ley de Talles era muy importante aplicarla, ya que "que la falta de la estandarización en el sistema de identificación de talles de indumentaria es una problemática que tiene repercusión no solo en los distintos sectores dedicados a la fabricación, confección, comercialización e importación de estos productos sino, fundamentalmente, afecta el interés de las consumidoras y los consumidores".
Frente al gran aumento de comercio electrónico debido al contexto por la pandemia de coronavirus, en el decreto firmado por el Presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete Santiago Cafiero y el ministro de Industria Matías Kulfas, se indicó: "Con la finalidad de generar el acceso a información unívoca en materia de talles de indumentaria, corresponde dictar las normas reglamentarias necesarias que permitan la operatividad de los preceptos establecidos en la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a los fines de su inmediata aplicación y puesta en conocimiento de las consumidoras y los consumidores de todo el territorio nacional".
"Resulta procedente asignar el carácter de Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria a la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo", agregaron.
Asimismo, "se contempla la creación de un Consejo Técnico Consultivo cuya función será la de pronunciarse sin efecto vinculante sobre cuestiones relevantes que le solicite la Autoridad de Aplicación, en lo referente a la implementación y difusión del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI)".
Por otro lado, y teniendo en cuenta la situación sanitaria por el COVID-19 que afecta a la Argentina, indicaron que "corresponde extender el plazo ordenatorio dispuesto en la Ley N° 27.521 de Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria para la realización del primer estudio antropométrico".
NUEVA ESCALA DE TALLES
De acuerdo a lo que se explica en el considerando del Decreto 375/2021, "resulta necesario reglamentar aquellas cuestiones indispensables referidas al Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI), al etiquetado de la indumentaria y la cartelería comercial, al Estudio Antropométrico, a las campañas de educación y sensibilización, a las prácticas abusivas y el régimen sancionatorio aplicable por infracciones a la referida Ley".
La nueva escala de talles de indumentaria se establecerá de acuerdo a un Estudio Antropométrico. De acuerdo al Gobierno, el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) tendrá un período de, al menos, 240 días para implementarlo y determinar las nuevas medidas, aunque también podrá ser extendido.
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